Consiste en un sistema de notificación usando medios electrónicos
seguros (certificado digital), que permite acreditar la fecha y hora
en que se produce la puesta a disposición del interesado del acto
objeto de notificación, así como la de acceso a su contenido,
momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a
todos los efectos legales (art. 28 ley 11/2007)
- La Notificación es enviada y almacenada en el buzón del
destinatario, el cual recibirá el correspondiente aviso mediante
correo electrónico y/o mensaje de texto SMS.
- El destinatario deberá acceder a su buzón (Dirección Electrónica
Única) usando para ello su certificado digital (FNMT Clase 2 CA o
DNIe).
- Una vez leída la notificación, este podrá aceptar o rechazar la
misma, finalizando así el proceso que la notificación conlleva.
- Transcurridos diez días naturales sin que el destinatario acceda
al contenido de la notificación, esta se entenderá como practicada y
rechazada con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la ley
30/1992 de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común
y normas concordantes, salvo que de oficio o a instancia del
destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del
acceso.
Es similar a la Notificación Electrónica, diferenciándose en que no
necesita ningún tipo de respuesta (aceptación o rechazo). En el
momento en que la comunicación es almacenada en el buzón (DEU) del
comunicado y sus avisos correspondientes son enviados , el proceso
se da por concluido, independientemente de que el comunicado acceda
o no a la información comunicada y del momento en que este lo haga.
- A través de Internet, en la dirección https://www.dipualba.es/websegura/notitel
se podrá acceder al buzón de notificaciones correspondiente; para
ello será necesario el uso de un certificado digital válido (FNMT
clase 2CA o DNIe).
- En todo caso el destinatario de la notificación electrónica podrá autorizar una lista de personas físicas o jurídicas que
tendrán también acceso al mismo
- Disponer de un certificado digital válido (FNMT clase 2 CA o
DNIe) que permita una comunicación segura con el aplicativo
informático.
- Aceptar explícitamente la Notificación Electrónica como
mecanismo preferente de notificación entre el ciudadano y
Diputación de Albacete, a efectos del procedimiento
administrativo correspondiente.
- Notificación Electrónica - Registro Electrónico de Licitadores
- Comunicación Electrónica - Comisiones Informativas
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura
la identidad del que establece la comunicación telemática y si
se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han
sido modificados así como la identidad del firmante.
Podrá obtener un certificado digital a través de cualquiera de
las entidades emisoras de certificados reconocidas. Para
trabajar con nosotros en
http://www.cert.fnmt.es encontrará información sobre
como conseguir un certificado digital. Así mismo, se pueden
utilizar los certificados digitales incluidos en el nuevo DNI
electrónico.
Realiza las funciones del DNI anterior, incorporando ahora un
circuito integrado (chip), capaz de guardar de forma segura
información y de procesarla internamente. Concretamente almacena
dos certificados digitales:
-
Autenticación: Nos permite identificarnos de cara a realizar
cualquier trámite contra la Administración u otro Organismo
Público o Privado que así lo contemple.
-
Firma Electrónica: Nos permite firmar electrónicamente cualquier
documento, de cara a cualquier procedimiento electrónico que así
lo contemple.
No. Puede utilizar sistemas operativos basados en Linux, con
navegadores de la familia Mozilla.
No. Además de Internet Explorer puede utilizar los navegadores
de la familia Mozilla (Mozilla, Firefox, Netscape, etc.).