A partir del día 1 de noviembre de 2011, el servicio de Intervención devolverá
a los proveedores aquellas facturas o documentos equivalentes que no vengan
acompañados de fotocopia del Decreto o Acuerdo de adjudicación o, si éstos no
existieran, vale de compra u hoja de encargo en la que se indicará aplicación
presupuestaria a la que se impute el gasto firmada por el empleado público responsable
del centro gestor, salvo cuando se trate de contratos de tracto sucesivo cuya referencia
de adjudicación conste en la propia factura.
Si se le plantea alguna duda sobre el envío de sus facturas, puede resolverla por correo electrónico pulsando
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